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Oficina Central de Contrataciones

CD. CON PRECIO TESTIGO – SEC. HACIENDA EXPTE. Nº 25217-NP-18 CONTRATACIÓN DEL SOFWARE CITYMIS

SECRETARÍA DE HACIENDA

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTRATACIONES

CONTRATACIÓN DIRECTA – Expte. Nº 25217-NP-18

Llámese a CONTRATACIÓN DIRECTA CON PRECIO TESTIGO,  conforme Art. 2 del Dcto. Nº 711/16, modificatorio del Art. 5 del Dcto. 440/16 y  Art. 12 del Dcto. Nº 931/96, convocada para la “CONTRATACIÓN DEL SOFTWARE CITYMIS, SOLICITADO POR LA SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA”.

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 603.440,00 (Pesos: Seiscientos Tres Mil Cuatrocientos Cuarenta con 00/100), precio máximo a pagar. En el supuesto de superar el 5% de dicho tope la oferta será desestimada en el Acto de Apertura..

FORMA DE PAGO: 50% a 15 días y 50% a 30 días (cómputo de días desde la fecha de conformación de la factura).

FECHA DE APERTURA: 25 de Junio de 2.018 – Horas: 11:30.

LUGAR DE APERTURA: Dirección de Contrataciones Directas de la Secretaría de Hacienda sito en Centro Cívico Municipal – Avda. Paraguay Nº 1240, 1º Piso.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA

NOTA DE PRESENTACIÓN

 

Sr. Director de Contrataciones Directas

de la Municipalidad de la Ciudad de Salta:

El/los que suscribe/n………………………………………………….………

y domiciliado en ……………………………………………………, se presenta a la CONTRATACIÓN DIRECTA MAYORES Nº             / 18, con la documentación que se detalla a continuación:

 

 

CONCEPTO

 

DESDE FOLIO

 

HASTA FOLIO

1) NOTA DE PRESENTACIÓN    
2) ANTECEDENTES SOCIETARIOS (cuando correspondiese).    
3) INSTRUMENTO QUE FACULTA LA REPRESENTACION  (cuando correspondiese).    
4) PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.    
5) PLIEGO DE CONDICIONES.    
6) GARANTIA DE LA PROPUESTA.    
7) CERTIFICADO DE LIBRE DEUDA, O CERTIFICADO DE REGULARIZACIÓN FISCAL, O DECLARACION JURADA.    
8) CERTIFICADO O CONSTANCIA DE INSCRIPCION EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES MUNICIPAL.    
9) FORMULARIO DE COTIZACION    

 

Saludo/amos a Ud. muy atentamente.-


ORIGINAL

CONTRATACIÓN DIRECTA MAYORES Nº              / 18

“CONTRATACIÓN DEL SOFTWARE CITYMIS SOLICITADO POR LA SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA”

 

PROPUESTA

 

 

Señor

Director de Contrataciones Directas

de la Municipalidad de la Ciudad de Salta

  1. /            D

 

El/los que suscribe/n __________________________, ha/n examinado los Pliegos de Condiciones, relativo a la presente CONTRATACIÓN DIRECTA MAYORES, y se compromete/n a realizarlo en un todo de acuerdo a la mencionada documentación, las que declara/mos conocer en todas sus partes, ofreciendo los servicios correspondientes a los precios que se consignan a continuación:

 

 

ITEM

 

DETALLE

CANT.

MESES

 

PR. UNIT

 

PR. TOTAL

1 CONTRATACIÓN DE LA APLICACIÓN EXPERTAS DE CITYMIS REPORTES, OPERACIONES, CENSOS, BOTS, CONSEJO ABIERTO, TRÁMITES Y CONECTOR. NORMA LEGAL -APP CITYMIS REPORTES, OPERACIONES, CENSOS, BOTS PARA REDES SOCIALES, CONSEJO ABIERTO, TRAMITES, CONECTOR, APLICACIÓN WED PÚBLICAS PERSONALIZADAS, MOBILE PÚBLICAS, WED DE ACCESO PRIVADO, SOPORTE TÉCNICO, UPTIME GARANTIZADO, RESGUARDO PERIÓDICO DE LOS DATOS, Y CAPACITACIONES PERIÓDICAS ONLINE.- 19    
      TOTAL $  

 

 

IMPORTANTE: Cotizar importes parciales y total.

 

Importe Total: PESOS _____________________________________________

 

Forma de Entrega: INMEDIATA.-

 

Validez de la Oferta: 30 DÍAS HÁBILES.-

 

CONDICIONES DE PAGO: 50% A 15 DÍAS C.F.C. Y 50% A 30 DÍAS C.F.C.-

 

LUGAR DE ENTREGA: Dirección de Informática. Vicente López Nº 428, 4º Piso.

 

Nota: Imprescindible cotizar con IVA incluido sin discriminar.

 

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 603.440,00 (Pesos Seiscientos Tres Mil Cuatrocientos Cuarenta con 00/100).-

 

 

                                                  INDICAR
 

CARACTERÍSTICAS:

 

 

 

 

 

 

 

GARANTÍA:

 

 

 

 

 

  • El presupuesto consignado es el precio máximo a pagar, en el supuesto de superar el 5% de dicho tope, la oferta será desestimada en el Acto de Apertura.
  • Los proponentes deberán fijar domicilio en la Ciudad de Salta, donde serán válidas todas las notificaciones cursadas.

 


CONTRATACIÓN DIRECTA MAYORES Nº                 / 18

“CONTRATACIÓN DEL SOFTWARE CITYMIS SOLICITADO POR LA SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA”

 

PLIEGOS DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS

 

Descripción de las aplicaciones:

 

Estas aplicaciones a contratar, deben permitir entre otros, la atención ciudadana mediante reportes, en un único lugar de manera centralizada y teniendo datos del ciudadano unificados, de los actuales y futuros servicios digitales a brindar al ciudadano, tanto en una modalidad Web responsiva como para aplicaciones de celulares, en los sistemas operativos más utilizados actualmente por la mayoría de los ciudadanos y agentes Municipales.

Deben permitir la gestión operativa interna de esos reportes ciudadanos que convertidos en órdenes de trabajo en tiempo real se envíen hacia dispositivos móviles en forma de “check-list” donde se tomarán fotografías y ubicaciones mediante GPS para poder auditar los trabajos por parte de los supervisores y directores de cada servicio, las aplicaciones deberán además contar con la posibilidad de generar estas órdenes de trabajo en forma de papel o en formato PDF, para poder trabajar incluso offline o porque el área así lo determine. Esto debe incluir la posibilidad a futuro de firmar digitalmente esos trabajos.

El objetivo es brindar a nuestros agentes municipales (inspectores de calle, supervisores y directores, o cualquier otro agente Municipal) de una aplicación móvil y otra Web que les permitan en su conjunto facilitar las tareas operativas diarias, que al mismo tiempo permitan un control y seguimiento en tiempo real. Estas aplicaciones deben estar desarrolladas pensando en todo el ciclo de trabajo en forma integral y vertical, desde que se realiza un requerimiento, pasando por la administración del mismo tanto en sus requerimientos legales como en su operativa de calle, hasta su resolución final con la auditoría e interacción con los actores interesados (ciudadanos, supervisores y agentes), todo esto de manera integrada, interoperable y colaborativa.-

Las aplicaciones, también deberán permitir la gestión integral del concejo deliberante local, proveyendo de una interfaz pública para que los ciudadanos puedan ver en tiempo real todos los proyectos legislativos del cuerpo deliberativo y sus adjuntos. Asimismo contar con una interfaz con campos genéricos y campos extendidos configurables a criterio de la presidencia del cuerpo.-

Deberá integrarse con el escritorio centralizado ciudadano, y las aplicaciones móviles para los ciudadanos, así como contar también con una interfaz externa para visualizar los proyectos y aplicar distintos filtros sin la necesidad de identificarse como usuario el ciudadano.-

La interfaz de uso interno, deberá permitir la gestión integral de todos los proyectos legislativos (como decretos, ordenanzas y otros documentos legales). Gestionar inteligentemente los datos de cada uno referidos a los estados parlamentarios, los datos propios del proyecto, sus integrantes (generadores, firmantes o participantes), agregar todo tipo de adjuntos y fundamentalmente el contenido del mismo organizándose por tema/subtemas, entro otros.

Los beneficios a lograr para estas aplicaciones, son; una eficaz gestión operativa, mejora sustancial de la eficiencia y ahorros en el uso de los recursos (humanos y materiales), el control, seguridad y transparencia en los trámites ciudadanos y trabajos diarios de los agentes municipales.-

Las aplicaciones se deben poder integrar fácilmente con el actual portal municipal,  deben ser completamente personalizadas con la identidad de marca de nuestro Municipio, es decir, ser como se conoce comúnmente, como productos “marca blanca”, para que el ciudadano los identifique de inmediato con nuestra comuna sin margen de equivocación y contar con una plataforma con un modelo de planes por transacciones, lo que permitirá tener un costo a medida de las necesidades y la demanda local (esta condición es excluyente).-

Deben permitir el acceso libre de los ciudadanos y el acceso restringido de los usuarios municipales, sin límite de ciudadanos a incorporar, ni de usuarios municipales a agregar para la utilización de los servicios.-

Asimismo deben permitir recibir reportes ordenados por tipos de servicios y los mismos deben ser contenidos dentro un catálogo de problemas acorde al servicio, esto además permitirá luego generar protocolos de trabajo automatizados en tiempo real.-

Asi también debe poseer la posibilidad de crear capas de servicios y situaciones a reportar de modo ilimitado. Esto permite adaptar la plataforma como el Ejecutivo Municipal lo desee y sin la necesaria intervención de desarrolladores o especialistas en tecnología.

Las aplicaciones deben estar desarrolladas en una interfaz Web responsiva para cualquier tipo de navegador Web, ya sea para PC o móviles, y al mismo tiempo poseer una interfaz móvil tanto para ciudadanos (como mínimo en sistemas operativos Android de Google e iOS de Apple), como para los agentes internos municipales (como mínimo en el sistema operativo Android de Google).

Asimismo las aplicaciones de uso interno, deben considerar la posibilidad de realizar censos o inventarios de mobiliario, y cualquier otro ítem en calle o en espacios públicos Municipales, todo en tiempo real desde la calle y ser enviados al repositorio de inmediato, así como generar nuevos reportes para ser  convertidos de oficio como órdenes de trabajo de forma en papel y/o digital a los agentes en la calle para ser contestadas de inmediato posterior a la realización del trabajo.-

La aplicaciones a proveer deberán como mínimo realizar las siguientes prestaciones:

1.- Permitir capturar reportes ciudadanos en tiempo real.

2.- Permitir gestionar internamente estos reportes en todos sus pasos operativos de cada servicio.

3.- Permitir realizar censos extremadamente rápidos y exactos de forma móvil y en tiempo real.

4.- Permitir comunicar al ciudadano todos estos procesos de manera automatizada.

5.-  Permitir mostrar en un plano el resultado de los trabajos.

6.- Permitir enviar trabajos en tiempo real a las cuadrillas de trabajo y recibir la respuesta de las mismas en la misma manera, en su variante de papel o PDF.

7.- Permitir tener indicadores de gestión en un panel de control centralizado y en tiempo real.

8.- Tener una comunicación bidireccional en tiempo real con los ciudadanos.

9.- Entregar al ciudadano APPs para usos en tabletas, móvil, smartphone, etc.

10.- Descentralizar las funciones del call center (ventanilla única) y permitir múltiples canales y formas de ingreso de data, pero dentro de un sistema centralizado y organizado.

11.- Lograr eficacia en el alcance de objetivos propuestos de gestión al ciudadano.

12.- Toma de propuestas en tiempo real por parte del Intendente y sus funcionarios todo desde terreno con una APP móvil.

13.- Eficiencia en el manejo de los recursos humanos y materiales de cada servicio (ahorros, control y seguimiento de tareas, tanto del personal interno como empresas externas).

 

Condiciones comerciales del servicio

 

Las aplicaciones a adjudicar se deben ofrecer como un servicio de arriendo en “la nube”, conocidas comúnmente como SaaS (por software como servicio), donde todas las cuestiones técnicas y de seguridad están cubiertas por el adjudicatario en forma global (sin costos inesperados u ocultos), cada una de las aplicaciones deberá ser arrendada, alquilada por su uso o modelo similar, por un determinado plan de transacciones, calculadas de forma anual o mensual, según corresponda (esto se refiere a reportes, órdenes de trabajo, turnos de atención, registros urbanos, habilitaciones y autorizaciones, dominios o patentes, unidades habitacionales, unidades de gestión a censar, actas de infracciones, causas de juzgados, proyectos legislativos, u cualquier otro ítem que contemplen las aplicaciones solicitadas), literalmente se deberá pagar el servicio por lo que se consume.-

Lo más importante a destacar, es que todas las aplicaciones, no tienen que tener ningún tipo de límite de acceso y uso de ciudadanos, como para usuarios internos (agentes municipales). Tampoco límite alguno de crear capas de servicios o gestión, y todo este costo debe estar incluido en el precio del arriendo informado. Este costos deberá incluir al menos: soporte en línea permanente, actualizaciones, co-administración, puesta en marcha digital y asistida (implementación) por al menos 60 días, generación y mantenimiento de todas las APPS móviles y las interfaces Web, todas con diseño completamente responsivo (para funcionar literalmente en cualquier equipo o pantalla que simplemente tenga acceso a la red de Internet).

 

Condiciones para un nivel adecuado del servicio

 

El adjudicatario deberá:

Ofrecer en relación a la disponibilidad del servicio, al menos el 99.50% del tiempo en cada año natural. Garantizando la disponibilidad y el pleno funcionamiento en un 99,50% del tiempo online y funcionalidades relativas al producto entregado, sin contabilizar las tareas de mantenimiento planificadas que de existir serán informadas previamente por escrito al Municipio. El adjudicatario deberá realizar todos los esfuerzos comercialmente razonables para alcanzar o sobrepasar los niveles de servicio pactados..-

Proporcionar mantenimiento “natural” sin costo adicional durante el periodo de vigencia del contrato a las aplicaciones y bases de datos partes del servicio contratado. Las tareas de mantenimiento se planifican según el criterio de mínimo impacto en la actividad de nuestro Municipio, que se basa en la medición de los tiempos de menor actividad global y que puede variar de un mes a otro.-

El adjudicatario deberá proporcionar el siguiente nivel de servicio de soporte técnico, de nivel principal y de nivel secundario:

1.- De nivel principal, con un tiempo de respuesta de hasta 2 horas, mediante atención telefónica y/o por correo electrónico, ambos servicios estarán disponibles de lunes a viernes, entre las 8 y 16 horas, y los sábados de 9 a 14 horas.-

2.- De nivel secundario con un tiempo de respuesta de hasta 12 horas, mediante atención por correo electrónico únicamente entre las 16 y 8 horas de lunes a viernes y sábados de 14 horas a Lunes 8 horas.-

 

Requisitos de infraestructura, seguridad de las aplicaciones, protección, disponibilidad y acceso a los datos del Municipio dentro de las aplicaciones:

 

El adjudicatario deberá:

Alojar todas las aplicaciones en datacenters o servidores del tipo “WorldClass” bajo al menos normas Tier III, con servicios redundantes n+1, configurados para absorber picos de demanda, manteniendo en todo momento resguardos periódicos automatizados (snapshots), con configuraciones tipo LAMP y deberá contar con disponibilidad para misiones críticas en una tercera locación por seguridad.-

Todas las aplicaciones además deberán ser completamente responsivas (adaptables a cualquier tamaño de pantalla), incluyendo formatos de “marco o iframe” para poder poner dentro de su propio portal municipal, así de esa manera es transparente para el ciudadano y nunca se sale del dominio Municipal.-

Las características de desarrollo de las aplicaciones podrán ser (no excluyentes): PHP, JavaScript, JSON, REST, Bootstrap entre otros lenguajes o protocolos (todos de lenguaje de código open source). Para las bases de datos se podrá usar: MySQL 5 o superior (lenguaje de código open source). Y para los los dispositivos móviles, sistemas operativos Android 5 o superior de Google e iOS 9 o superior de Apple, ambas plataformas desarrolladas íntegramente en lenguaje nativo (es excluyente este punto, ya que no se permitirán APPs hechas en frameworks de lenguaje interpretado por considerarse inestables).-

Todas las aplicaciones tendrán que tener un acceso restringido con certificados SSL (capa de conexión segura) lo que establece un canal de comunicación seguro entre el navegador del cliente y el servidor, imposibilitando cualquier acceso no autorizado a la información en tránsito.

Asimismo, el adjudicatario en relación a las aplicaciones a proveer, deberá utilizar diversas técnicas de seguridad, como, a modo de ejemplo; restricción a accesos no autorizados, filtros anti intrusión como SQL injection, HardeningStack sobre TCP/IP, entre otros, y además deberá al menos aplicar algunas de estas técnicas de seguridad:

1.- Políticas de Firewall (incluyendo restricciones de IPs a root).

2.- Anti DDos automático (mitigar caídas del sistema por ataques de Denegación de Servicio o DDos).-

3.- Monitoro en tiempo real de los servidores de aplicaciones y bases de datos, creando alertas automatizadas y seguimiento de estados las 24 horas, visibles para al Municipio en un link público, al estilo http://estado.DOMINIO.COM/

4.- El acceso remoto a Bases de Datos y el acceso vía SSH se deben encontrarse habilitados sólo para el administrador del sistema y con IP fija asignada.-

5.- Tanto el Sistema Operativo como el Motor de Base de Datos se deben mantener actualizados a sus últimas versiones, garantizando así la máxima seguridad.

6.- Tener una metodología o sistema de backups automáticos off-site (en Datacenters ubicados en diferentes países), para que en caso de catástrofe o fuerza mayor, permitan restablecer el servicio a la brevedad en cualquier otro datacenter del adjudicatario.-

Disponibilidad y acceso a los datos del Municipio dentro de las aplicaciones: TODOS los datos contenidos o generados con el uso dentro de las aplicaciones son propiedad del Municipio en todo momento, y el adjudicatario debe velar para que estén resguardados al 100%. Por un lado las bases de datos deberán estar replicadas automáticamente y en tiempo real y además cada 24 horas deberá realizar backups integrales y de archivos adjuntos (snapshots).-

El Municipio a través únicamente del personal designado por escrito con el adjudicatario, deberá poder bajarse en un formato reutilizable (por ejemplo CSV) cada 12 horas todos los datos de forma íntegra o por secciones, según se convenga.

 

Plazos de entrega y capacitación de los usuarios internos:

 

El adjudicatario deberá tener las aplicaciones ya desarrolladas y listas para instalar en un plazo no mayor a 10 días hábiles desde la conformación de la orden de compra o adjudicación de la presente contratacion. Ya que este no es un llamado al desarrollo futuro o a plazo, sino un arriendo de servicios de aplicaciones ya desarrolladas o funcionando al menos con sus capacidades mínimas, según los requerimientos antes detallados.

Para la capacitación del personal Municipal en el uso y administración de las aplicaciones a adjudicar, y para evitar la dependencia del proveedor, atando al Municipio a servicios o costos adicionales no contemplados, las aplicaciones deberán ser funcionales para el Municipio, en al menos, la configuración de usuarios y sus permisos, configuración de servicios y sus características, situaciones y sus plazos, entre otros.

Para la capacitación se deberá implementar una metodología y modalidad conocida como “trainthetrainer virtual” (por videoconferencia), en caso de que se requiera capacitaciones presenciales, el adjudicatario estará habilitado a presentar el costo de los viáticos y estadía por separado el presente costo de arriendo.

Esta modalidad, permite que el adjudicatario de forma digital (videoconferencias) en horarios a coordinar con el Municipio, luego que el Municipio defina el personal asignado con el rol de enlace entre el adjudicatario y el Municipio para ser capacitados en el uso de las aplicaciones, y a partir de ello, estas personas capacitar en forma personalizada a cada nuevo usuario de las aplicaciones dentro del propio Municipio, en cualquier momento y sin restricciones. Este modelo permitirá un importante ahorro en costos al Municipio. Asimismo las aplicaciones deberán contar con manuales en formato digital dentro de las mismas aplicaciones contratadas para la guía de uso de los usuarios.

 

Responsable del Control y Verificación:

 

La dependencia responsable del control y verificación del cumplimiento del objeto de la presente contratación, será la Coordinación General de Modernización.

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA

PLIEGO DE CONDICIONES

CONTRATACIÓN DIRECTA Nº             / 18

OBJETO: CONTRATACIÓN DEL SOFTWARE CITYMIS SOLICITADO POR LA SECRETARÍA DE MODERNIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SALTA

 

PRESUPUESTO OFICIAL: $ 603.440,00.-

 

ART. 1º – FORMA DE PRESENTACION: Los proponentes presentarán un sobre cerrado y sin membrete, consignando el número de la CONTRATACIÓN DIRECTA, fecha y hora de apertura, conteniendo la siguiente documentación “debidamente foliada y firmada por el oferente en cada folio”:

  1. Nota de Presentación.
  2. Cuando se formulen ofertas en nombre de personas físicas o jurídicas se deberá presentar el instrumento que faculta la representación (Acta, Poder o Poderes, inscriptos en el Registro de Mandato del Poder Judicial de la Provincia de Salta), como así también los antecedentes societarios en caso de corresponder.
  3. Pliego de Especificaciones Técnicas.
  4. Pliego de Condiciones Firmados.
  5. Certificado Vigente de Libre Deuda, expedido por la Municipalidad de la Ciudad de Salta (Libre Deuda – Rentas, sito en Av. Paraguay Nº 1240 planta baja), o Certificado de Deuda regularizada mediante suscripción de plan de facilidades de pago, con los comprobantes respectivos al día, o Declaración Jurada de no mantener deuda alguna con la Municipalidad de Salta, autorizando a descontar, cualquier determinación surgida al momento del pago. Todos estos documentos emitidos con expreso cumplimiento de la normativa que regula específicamente cada uno de los supuestos contemplados. Dicho certificado deberá encontrarse vigente.
  6. Certificado de Inscripción Provisoria y/o Definitiva vigente en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, conforme a Resolución Nº 36/08 de la Secretaría de Hacienda, y 27/16 de la Sub Secretaría de Contrataciones, expedido por la Dirección de la Unidad Central de Contrataciones (sito en Av. Paraguay Nº 1240 1° Piso) para el servicio o rubro específico de la presente Contratación Directa.

Al momento de la apertura de sobres se admitirá un Certificado de Inscripción Provisoria expedido puntualmente para la presente contratación.

La no presentación del Certificado Definitivo vigente, o en su defecto Provisorio al momento de la Apertura, dará lugar al RECHAZO de la oferta.

En caso de haberse optado por la presentación de un Certificado de Inscripción “Provisorio” al momento de la apertura de ofertas, el Certificado Definitivo de Inscripción deberá presentarse previa a la Resolución de Adjudicación.

  1. Formulario de Propuesta (Original).
  2. Garantía de la Propuesta de $ 6.034,40 correspondiente al 1% (uno por ciento) del valor del Presupuesto Oficial y constituida de alguna de las siguientes formas:
  • Depósito en efectivo en el Banco Macro S. A. a la orden de la Municipalidad de la Ciudad de Salta (Cuenta Nº 40-11207-5).
  • Depósito en efectivo en Tesorería Municipal, sito en Av. Paraguay Nº 1240 planta baja.
  • Con aval extendido por entidad bancaria o financiera con sede, en ambos casos, en la Ciudad de Salta.
  • Seguro de Caución a favor de la Municipalidad de Salta por el período de mantenimiento de la oferta.
  • Pagaré suscripto por el titular cuando se trate de firmas unipersonales o por quien tenga el uso de la firma social o actúe con poder suficiente en caso de sociedades.

El documento debe ser llenado de acuerdo a la legislación vigente, con el sellado de ley correspondiente por ante la Dirección General de Rentas de la Provincia y con indicación de la contratación a que corresponda. No admitiéndose esta forma como Garantía de Adjudicación.-

Toda la documentación presentada por el oferente y referida ut-supra, deberá estar firmada, sellada y foliada. En caso de presentarse dicha documentación en fotocopias, las mismas deberán encontrarse debidamente certificadas por Escribano Público.

La falta de cumplimiento con el inciso f), dará lugar al rechazo de la oferta. En el caso de defectos referentes con los demás incisos, se otorgará al oferente y/o representante un plazo no mayor de 48 (cuarenta y ocho) horas siguientes al acto de apertura, para su cumplimiento. El incumplimiento de estas observaciones en el plazo otorgado, dará lugar a que se desestime la propuesta. En el caso del Certificado Definitivo de Inscripción en el Registro de Proveedores de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, el mismo deberá ser presentado indefectiblemente previo a la Resolución de Adjudicación.

Las observaciones y/o impugnaciones al acto de apertura y a las ofertas podrán realizarse hasta 2 (dos) días hábiles posteriores a su apertura, las cuales serán resueltas dentro de los 3 (tres) días posteriores a su presentación y se estará a lo dispuesto en el Artículo Nº 30 y concordante del Decreto Nº 931/96.

 

ART. 2º – MANTENIMIENTO DE LAS PROPUESTAS: Los oferentes se obligan a mantener sus ofertas por el  término de treinta (30) días hábiles como mínimo, a contar de la fecha de apertura, de la presente CONTRATACIÓN DIRECTA. Transcurrido dicho término sin haberse dictado el correspondiente Acto Administrativo de Adjudicación, el plazo de mantenimiento de la/s oferta/s quedará automáticamente prorrogado hasta el dictado del referido instrumento legal, salvo desistimiento expreso de la parte interesada.

 

ART. 3º – EL OFERENTE deberá salvar toda enmienda o raspadura que presente la propuesta, y los cálculos aritméticos deben ser exactos, caso contrario para la adjudicación se tomará el precio que resulte más ventajoso para la Municipalidad.

 

ART. 4º – GARANTIA DE LA ADJUDICACION: No podrá ser menor al 10% (diez por ciento) del valor adjudicado. La misma deberá ser presentada en alguna de las formas descriptas en el Art. 1° Inciso h) del presente Pliego. La misma deberá constituirse dentro del plazo de 2 (dos) días hábiles de recibida la notificación de adjudicación, y será devuelta a requerimiento del Adjudicatario, luego de cumplidas total y satisfactoriamente las obligaciones emanadas del contrato.

 

ART. 5º – LA PRESENTACIÓN de la oferta implica el pleno conocimiento y aceptación del Pliego de Condiciones. La adjudicación se efectuará por Resolución de la Dirección de Contrataciones Directas de la Secretaría de Hacienda, conforme a facultades conferidas por Decreto Nº 094/16 y 122/16, quien podrá adjudicar o rechazar la/s propuesta/s.

La adjudicación será comunicada a todos los oferentes.

 

ART. 6º – LAS PROPUESTAS, deberán presentarse firmadas y foliadas por el oferente en cada foja. Dichas propuestas, deberán ser escritas a mano perfectamente legibles y/o a máquina y/o computadora, serán entregadas bajo recibo o enviadas por pieza certificada con la anticipación necesaria.

En el sobre deberá indicarse en forma destacada el número de Contratación Directa y fecha y hora fijada para la apertura.

Las cotizaciones se efectuarán exclusivamente por la unidad de medida inserta en el formulario de cotización.

Salvo aclaración expresa en contrario, se considera neta la cantidad pedida, sea en volumen, peso o capacidad.

Si el Pliego de Condiciones no establece otro modo de cotizaciones, las ofertas serán hechas renglón por renglón, pudiendo hacerse por parte de un renglón consignando los precios unitarios, el importe total de cada uno y el importe total de la propuesta.

La sola presentación de la oferta lleva implícita la declaración de que el proponente se ha compenetrado de toda la documentación, así como de las características particulares de la misma, no pudiendo por lo tanto alegar posteriormente dudas o desconocimiento al respecto, ni formular reclamos por pagos adicionales ni indemnizaciones algunas.

 

DE LAS MUESTRAS

 

ART. 7º – CUANDO EN EL FORMULARIO de cotización se requiere la presentación de muestras, las mismas deben presentarse indefectiblemente antes de la apertura de las propuestas en el depósito u oficina que se señale.

Las muestras presentadas por los oferentes quedarán en poder de la Municipalidad, cuando las mismas no sean reclamadas dentro de los 30 (treinta) días corridos posteriores a la apertura de la Contratación Directa. Las muestras que se acompañen se ajustarán a los envases, dimensiones, peso y volumen de los establecidos en el formulario de cotización.

Exceptuase de la devolución, las muestras correspondientes a los artículos adjudicados, los que quedarán en poder de la Municipalidad para el contralor de los que fueran provistos por los adjudicatarios, salvo que el valor o características de los efectos no permitiesen la retención, de la que deberá ajustarse y dejarse constancia en cada propuesta.

 

FACULTADES DE LA MUNICIPALIDAD

 

ART. 8º – LA MUNICIPALIDAD podrá rechazar todas o parte de las propuestas, así como adjudicar todos o parte de los elementos concursados.

 

ART. 9° -Informe Técnico (COMISIÓN TECNICO EVALUADORA): Presentadas las ofertas y vencido el plazo para subsanar errores o documentación faltante; el organismo contratante remitirá las actuaciones al Área Requirente a los fines de Confeccionar un INFORME TÉCNICO. Dicha comisión, será conformada por un mínimo de dos miembros designados por la Dependencia originante del pedido. Cuando se trate de contrataciones para cuya apreciación se requieran conocimientos técnicos especializados, la Comisión deberá ser integrada por personal idóneo conforme lo previsto en el artículo 5º de la Ley de Contrataciones, debiendo tener conocimientos específicos en la materia.- Los mismos verificarán que las propuestas se ajusten al objeto requerido.- En el marco del proceso de análisis y evaluación, podrán disponer de las medidas conducentes al mejor cumplimiento de dicha tarea, (pedido de informes, requerimiento de documentación, inspecciones, control de calidad de los productos ofrecidos, solicitar cotizaciones de precios a terceras personas, a la Cámara de Comercio e Industria de Salta, consultar bases de datos, solicitar  asesoramiento a personas idóneas, etc.), siendo dichas facultades meramente enunciativas.-

 

ART. 10º – La Comisión Técnico-Evaluadora realizará el análisis y valoración de las propuestas teniendo en cuenta la calidad, el precio, la idoneidad del oferente y otras condiciones de la oferta. Dicha Comisión deberá expedirse en el plazo de 3 (tres) días hábiles desde la recepción del Expediente, salvo que por motivos debidamente fundados, se requiera un plazo mayor.-

Una vez concluido el informe, remitirá las actuaciones a la Dirección de Contrataciones Directas a los efectos de que la misma tome conocimiento del mismo y resuelva sobre la conveniencia de la adjudicación.

ART. 11º:        La Municipalidad queda facultada para gestionar con el oferente mejor colocado, o con los oferentes en el caso de ofertas similares, modificaciones que no alteren dicho orden y que reporten beneficios para la Municipalidad. Las gestiones antes mencionadas deberán fundamentarse por escrito, formar parte del expediente y comunicarse a los restantes oferentes.

 

COMUNICACION DE LA ADJUDICACION

 

ART. 12º – LA ADJUDICACIÓN se comunicará a todos los oferentes, dentro de los 5 (cinco) días de emitido el Acto Administrativo, por un medio fehaciente.

Vencido dicho plazo ó ante el vencimiento de la oferta, el interesado que no fuera notificado de la adjudicación podrá requerirla personalmente o mediante telegrama colacionado.

En caso de que la orden de compra contuviera errores u omisiones, el adjudicatario deberá ponerlo en conocimiento de la Municipalidad dentro de la 48 (cuarenta y ocho) horas de recibida sin perjuicio de cumplimentar el contrato conforme a las bases de contratación y oferta adjudicada.

 

EROGACIONES A CARGO DEL ADJUDICATARIO U OFERENTE SEGUN EL CASO

 

ART. 13º – SON SIN EXCEPCIÓN por cuenta del adjudicatario los siguientes gastos:

  1. Los originados por la formalización, aplicación o ejecución de los contratos.
  2. Gastos de sellado del contrato.
  3. Gastos del análisis, jornales u otros conceptos en caso de producirse el rechazo de las mercaderías o servicios.
  4. Costo del análisis o prueba y gastos pertinentes realizados por requerimiento del adjudicatario frente al rechazo de las mercaderías o de los trabajos ejecutados, en oportunidad en que debe presentarse conformidad a una recepción, siempre que estos análisis concuerden con los primeros.

Igualmente será por cuenta del adjudicatario la reparación o reposición según proceda de los elementos destruidos parcial o totalmente a fin de determinar si se ajustan en su composición o construcción a lo estrictamente contratado, en el caso de que solo de esta forma se comprueben los defectos o vicios en las mercaderías o en su estructura, materiales, etc., en caso contrario los gastos pertinentes serán por cuenta de la Municipalidad.

Por otra parte serán por cuenta del oferente los gastos erogados por reclamos respecto a la adjudicación si ellos fueran imputables al mismo.

 

PENALIDADES Y SANCIONES

 

ART. 14º – Los oferentes y/o adjudicatarios que incurrieran en incumplimiento de las condiciones estipuladas en el Presente Pliego, se harán pasibles de las penalidades y sanciones que prevea la normativa legal vigente.

 

LEYES – DECRETOS – ORDENANZAS

 

REGLAMENTACIONES

 

ART. 15º – TODO AQUELLO que no esté expresamente contemplado en el presente Pliego, se resolverá mediante la aplicación de las disposiciones de la Ley 6838/96 decretos reglamentarios, Decreto Municipal Nº 931/96, Decreto Nº 440/16 y sus modificatorias en tanto conserve su vigencia o el que en el futuro lo reemplace, el Régimen Contable Municipal, legislación Municipal o Provincial concordante y las leyes de Procedimientos Administrativos y el Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia.

En caso de discrepancia entre lo establecido en los Pliegos y la Ley, se estará a las disposiciones de esta última.

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