Exención para Jubilados y Pensionados
Preguntas Frecuentes
Este trámite tiene como objetivo otorgar un alivio económico a jubilados y pensionados, mediante dos modalidades de beneficio sobre las obligaciones tributarias municipales: la exención total del pago del Impuesto Inmobiliario Urbano y la Tasa General de Inmuebles, o la reducción del 50% para quienes superen el límite de ingresos establecido para la exención total.
La exención total debe renovarse cada dos (2) años, mientras que la reducción del 50% es de carácter anual.
El trámite se gestiona de manera presencial en el Centro Cívico Municipal (CCM), ubicado en Av. Paraguay N°1240, Salta Capital. La atención se centraliza en el 2do salón, Box 2, correspondiente a la División de Exenciones. Horario de atención: lunes a viernes, de 8:00 a 14:00 hs.
Está dirigido a jubilados y pensionados que cumplan con criterios estrictos de ingresos y patrimonio. Los usufructuarios solo pueden acceder al beneficio de la reducción del 50%.
Para la Exención Total: los ingresos brutos mensuales no deben superar el equivalente a 2 jubilaciones mínimas de ANSES; deben poseer vivienda única en el ejido municipal, el inmueble no debe estar en zona “Primera B” y deben estar al día con sus obligaciones tributarias.
Para la Reducción del 50%: aplica cuando los ingresos brutos mensuales superan las 2 jubilaciones mínimas de ANSES; deben poseer vivienda única en el ejido municipal y no poseer otro inmueble en toda la Provincia de Salta.
En ambos casos se permite la tenencia parcial en otro inmueble en calidad de condominio, hasta un tercio (1/3) de su valor.
Para Exención Total:
- Formulario de Solicitud completo y firmado.
- Libre Deuda Municipal, con un máximo de 30 días de antigüedad.
- Fotocopia del DNI del solicitante y cónyuge (actualizado y legible).
- Cédula parcelaria actualizada con Certificación de Único Bien.
- Fotocopia del último recibo de haberes jubilatorios o pensión.
Para Reducción del 50%:
- Formulario de Solicitud de Reducción 50% completo y firmado.
- Fotocopia del DNI del jubilado/pensionado y cónyuge.
- Libre Deuda Municipal, con un máximo de 30 días de antigüedad.
- Cédula parcelaria actualizada con Certificación de Único Bien.
- Fotocopia de recibos de haberes que acrediten los ingresos.
- Certificado Negativo de ANSES del cónyuge, si correspondiere.
Según la situación particular, también puede requerirse: certificado de defunción, certificado de Adjudicación IPV, acta de sentencia de divorcio, constancia de Secretaría de Tierras, o certificado de residencia/convivencia para usufructuarios.
El trámite en sí mismo es gratuito. Para la Exención Total, el Libre Deuda Municipal se emite de forma gratuita. Para la Reducción del 50%, el formulario de solicitud requiere el pago de un sellado equivalente a 3 UT.
Paso 1: Presentación de la documentación. El jubilado o pensionado presenta toda la documentación requerida en el Box 2 de la División de Exenciones. El municipio verifica que la carpeta esté completa; el trámite no se inicia si falta algún documento.
Paso 2: Verificación de requisitos. Los agentes municipales controlan que los ingresos se ajusten a los límites de ANSES, constatan mediante la cédula que se trate de vivienda única y confirman que el contribuyente esté al día con los impuestos.
Paso 3: Procesamiento interno. El expediente es armado por la División de Exenciones, pasa a la Subsecretaría de Ingresos Públicos para la firma de la resolución y se remite al sistema de notificaciones.
Paso 4: Notificación y finalización. El contribuyente recibe la resolución con el resultado de su solicitud. Si es aprobado, el beneficio se aplica de inmediato en el sistema tributario. El tiempo aproximado de resolución es de 3 días hábiles.
No aplica para inmuebles en zona “Primera B”, y está sujeto a informes socioambientales anuales del Ejecutivo Municipal.
Normativa: Ordenanza N° 15.921 (Código Tributario Municipal de Salta) y su modificatoria, Ordenanza N° 16.152.