Exención para Discapacitados

Preguntas Frecuentes

Este trámite se realiza para solicitar la exención del Impuesto Inmobiliario y de la Tasa General de Inmuebles de propiedades pertenecientes a Discapacitados. Ordenanzas12229/04, modific. 14335/12, modif. 15032/15 y 15065/16.

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Por mail a armsa.exenciones@municipalidadsalta.gob.ar

En el Centro Cívico Municipal Av. Paraguay Nº1240, Oficina de Mesa de Entrada General, en el horario de 08:00 a 20:00 hs.

Debe efectuarlo el titular del Catastro o autorizado

El interesado debe dar cumplimiento a la siguiente documentación:
– Formulario Solicitud de Exención de Discapacidad 2021 Inmuebles por duplicado
-Fotocopia del DNI 1ª y 2ª hoja del titular y del grupo familiar.
-Certificado de Discapacidad actualizado expedido por la autoridad competente
– Fotocopia de Cédula parcelaria actualizada con Certificación de Único Bien del titular y/o de su cónyuge, padres, tutores o curadores que convivan con él. (En caso de presentarse la propiedad a nombre de IPDUV u otra empresa, deberá adjuntar Certificado de IPV y/o Familia Propietaria) – En caso de poseer número de cuenta Municipal deberá efectuar la unificación correspondiente. En caso de divorcio no registrado en cédula parcelaria presentar fotocopia de acta de sentencia para verificar los bienes gananciales.
– Acta de matrimonio cuando el solicitante sea el cónyuge del discapacitado.
– Partida de Nacimiento del discapacitado cuando el solicitante sea alguno de los padres.
– Cuando solicite un hijo por su padre discapacitado, deberá acreditar la filiación con su Partida de Nacimiento.
– Certificado Negativo ANSES www.anses.gob.ar del grupo familiar mayor de 18 años, de otros titulares si los hubiere.
– En caso de fallecimiento de alguno de los titulares, presentar fotocopia de Acta de Defunción
– Autorización del Juez a los tutores o curadores del discapacitado.
– Certificado de Residencia y Convivencia
– Recibo de Sueldo y/o Declaración Jurada de Ingresos expedida por la Policía de la Provincia de Salta. En caso de haber más de un titular, deberá presentar constancia de ingresos de cada uno de ellos.
– El haber bruto mensual no debe superar el importe del Salario Mínimo Vital y Móvil, siempre que sea el único ingreso del grupo familiar.
– Certificado Único de Beneficio de ANSES

Debe abonarse sellado de 3 UT en caja municipal

Para gozar del beneficio de la exención anual 2021 se debe tramitar la solicitud entre el 01/10/2020 y el 31/12/2020. Prorrogado al 31/01/2021

Para consultas sobre Trámites

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