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Exención Entidades Intermedias Religiosas

Preguntas Frecuentes

Este trámite se realiza para solicitar la exención del Impuesto Inmobiliario y TGI sobre Unidades Urbanas pertenecientes a entidades Intermedias y Religiosas. Ordenanza N°13254 artículo 246.

Ventanilla Virtual www.municipalidadsalta.gob.ar Atención Ciudadana – Ventanilla Única
Por mail a armsa.inm@municipalidadsalta.gob.ar
En el Centro Cívico Municipal Av. Paraguay Nº1240, Oficina de Mesa de Entrada General, en el horario de 08:00 a 20:00 hs.
En el Centro Cívico Municipal Av. Paraguay Nº1240, Oficina de Mesa de Entrada General, en el horario de 08:00 a 20:00 hs.

Debe efectuarlo la persona encargada o responsable.

El interesado debe dar cumplimiento a la siguiente documentación:

  • Nota por duplicado dirigida a la Subsecretaria Tributaria y de Recaudación
  • Fotocopia de Cédula Parcelaria actualizada.
  • Resolución de Personería Jurídica Estatuto, Acta de Designación de autoridades y en el caso de que corresponda presentar además la Resolución del Registro Nacional de Culto o Constancia fehaciente que pertenece al arzobispado.

Debe abonarse sellado de 11 UT en caja municipal

Para consultas sobre Trámites

armsa.inm@municipalidadsalta.gob.ar
Teléfono: 4160900 int 1503-1504
www.municipalidadsalta.gob.ar
Atención Ciudadana – Ventanilla Única