Centro de Mediación y Conciliaciones en Consumo
¿En qué consiste, para qué y cuándo realizarlo?
Este trámite permite a las personas consumidoras presentar un reclamo relacionado a la defensa del consumidor N° 24240, cuando consideran que un proveedor de bienes o servicios ha incumplido sus obligaciones o ha vulnerado sus derechos. Debe realizarse cuando no haya sido posible resolver el inconveniente directamente con la empresa o la respuesta obtenida resulte insatisfactoria.
¿Dónde y en qué horario se realiza?
El trámite puede realizarse en la Dirección General de Defensa del Consumidor, ubicada en el Módulo 9, Playa de Estacionamiento del Centro Cívico Municipal, Av. Paraguay N.º 1240.
Horario de atención al público: de lunes a viernes, de 08:00 a 14:00 hs.
Las denuncias pueden presentarse de manera presencial, a través de la Mesa de Entradas, o por los siguientes medios de comunicación:
- WhatsApp: 3872542826.
- Correo electrónico: consumidor.municipal@municipalidadsalta.gob.ar o defensa.consumidor.municipal@gmail.com.
¿Quién puede efectuarlo?
Puede realizarlo cualquier persona consumidora o usuaria afectada por una relación de consumo. También podrá hacerlo un representante, siempre que acredite la representación correspondiente.
¿Qué documentación se necesita para realizarlo?
- Presentar el formulario debidamente completo: FORMULARIO DEFENSA CONSUMIDOR.
- DNI del consumidor.
- Facturas, tickets o comprobantes de compra.
- Contrato, presupuesto o cualquier documentación relacionada con el reclamo.
- Comprobantes de pago.
- Intercambio de correos electrónicos, mensajes o cualquier otra prueba que respalde el reclamo.
¿Qué costo tiene y dónde se abona?
El trámite es gratuito. No requiere el pago de aranceles.
¿Cómo se realiza el trámite? Te contamos el paso a paso
- Presentar el reclamo junto con la documentación respaldatoria y el formulario correspondiente.
- La Dirección analiza la admisibilidad del reclamo.
- Se notifica al proveedor para que ejerza su derecho de defensa.
- Se fija una audiencia de conciliación entre las partes, las cuales se celebran de forma virtual (Zoom) y, en caso de que las personas no cuenten con tecnología, se ponen a disposición los dispositivos de la oficina a tal fin.
- Si se alcanza un acuerdo, se deja constancia en un acta y el expediente concluye.
- Si no hay acuerdo, el procedimiento continúa conforme a la normativa vigente y podrán adoptarse las medidas administrativas que correspondan, sin perjuicio de las acciones judiciales que pudieran asistir al consumidor.