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La Ciudad aguarda definiciones del COE sobre los horarios de atención de los comercios

Luego de las informaciones que circularon en diferentes medios de comunicación respecto al horario de cierre de la gastronomía, la Municipalidad de Salta informa que no se encuentra facultada para tomar tal decisión.

Esto se debe que tanto la resolución COE N14, en su artículo 2, como la Normativa Nacional, DNU 287/21 en sus artículos 2, 15, 16, 19 y 21 establecen que las potestades para definir horarios de trabajo de gastronómicos, comercios y circulación en general están reservados al Poder Ejecutivo Provincial. Quienes, además, debe actuar en coordinación  con sus Ministerios de Salud a efectos de ir teniendo la información sanitaria concreta y en base a la misma decidir los horarios para las distintas actividades.

Cabe destacar que la Municipalidad carece de competencias y potestades para decidir en materia de educación y salud. En este sentido el Secretario de Legal y Técnica, Daniel Nallar explicó que “La Constitución de la Provincia establece que las decisiones de salud pública están reservadas exclusiva y excluyentemente al estado provincial”.

“No hay en la provincia ningún jefe comunal con potestad de emitir ningún tipo de decisión respecto a horarios. Tienen prohibida por decreto nacional 287 y resolución COE poder intervenir en materia COVID 19”, explicó el funcionario.

Para finalizar, Nallar aseguró que “los municipios no poseen información epidemiológica, y que esa información es recabada por el Ministerio de Salud de la Nación, en conjunto con los ministerios de las provincias. Los intendentes no solo tienen prohibido legalmente tomar decisiones sino que además  no podrían ya que carecen de datos del avance de la pandemia”.

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